Decreto Nº 502-2020
Modifica el decreto Nº 2609-19 sobre adquisición de dolares y apertura de cuenta corriente en dolares.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en el B.O. 3405 del 13-03-20.-
Dictado el10-03-20.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1º.- Modificase el Artículo 1° del Decreto N° 2609/19, que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo1°.-Autorízase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a determinar la conveniencia de mantener o vender, las reservas en moneda extranjera existentes en Tesorería General, salvo necesidades financieras del Tesoro”.-
Artículo 2°.-Considérase cumplida a la fecha, las obligaciones establecidas en el artículo 1° del Decreto N° 2609/19, en cuando a la realización de la proyección mensual del período enero 2020 a junio 2021.
Artículo 3°.-Derógase el Artículo 8° del Decreto N° 2609/19.